Se publica la fecha de apertura del II segmento del Kit Digital y se actualizan las bases reguladoras
Las empresas del segundo tramo del programa de digitalización Kit Digital, de entre 3 y 9 empleados, podrán solicitar la ayuda de hasta 6.000 euros a partir del 2 de septiembre.
Red.es ha anunciado que retrasa la apertura de la segunda convocatoria a principios de septiembre. Además, modifica e introduce nuevos cambios a la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas del programa Kit Digital, para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos, en el marco de el Plan de Digitalización y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGeneration EU.
Principales novedades que se introducen
- Incorporación de dos categorías nuevas al listado anterior. Por una parte, está la categoría de Marketplace, cuya ayuda irá destinada a aumentar las ventas digitales de los ecommerce, optimizando los recursos y seleccionando los canales de distribución adecuados. Por otra parte, aparece la categoría de Presencia avanzada en internet, que consiste en la prestación de servicios que aseguren el posicionamiento online de la empresa, aumentando su alcance de potenciales clientes y las visitas a su web.
- Otra de las novedades dentro del catálogo afecta a la categoría sitio web y presencia básica en internet. Con la modificación de las bases, será necesario que se incluya el alta del dominio para el beneficiario durante un plazo mínimo de doce meses, siendo el beneficiario el titular de dicho dominio y siempre que este no disponga de uno previamente al desarrollo de la solución
- Se incorpora el gasto en hardware como subvencionable. Únicamente contratable cuando sea imprescindible para la prestación de la solución contratada. Se trata de los dispositivos que se incluyan en la modalidad de pago por uso, como parte de una solución de digitalización, que no podrán ser utilizados para otros fines diferentes a la prestación de la solución.
- Aumenta a seis meses el plazo para presentar la primera justificación, desde la validación del acuerdo de prestación (antes era de tres meses desde la factura).
- La nueva orden de bases recoge, además, un plazo máximo de tres meses, tras la presentación de la justificación y su validación para que el Agente Digitalizador reciba el pago correspondiente de la ayuda.
- También se amplían los métodos de firma siendo Cl@ve PIN y Cl@ve permanente medios de firma electrónica válidos para suscribir los Acuerdos y para presentar la justificación.
Todos los cambios del catálogo se pueden consultar en la orden de bases del BOE
Recuerda que aun tienes tiempo para solicitar tu bono digital, si eres una pyme de entre 10 y 49 empleados, hasta marzo de 2023 a través de Red.es
¿Aún no sabes que es Kit Digital?
Se trata de una ayuda económica, para empresas y autónomos, sustentada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y financiada por la Unión Europea.
El programa Kit Digital nace para apoyar e impulsar la digitalización de pymes y autónomos del territorio español con el fin de mejorar su competitividad y desarrollar su potencial.
Desde CISET como agente digitalizador, ofrecemos una variedad de soluciones para satisfacer las necesidades tecnológicas de tu empresa. Contacta con nosotros si tienes alguna duda sobre el programa o estás interesado en contratar alguna solución de digitalización.